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Vehículo — placa MJM364 (KIA SORENTO TLX 2010)
✅ Libre de gravámenes

🔒 Creá tu cuenta gratis y desbloqueá todos los remates

₡9.921.400,00
🎨 Color: Plateado
⚖️ JUZGADO PRIMERO ESPECIALIZADO DE COBRO DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ.
Materia: Cobro Judicial
Expediente: 26-008203-1044-CJ
Boletín 175, ref. 2026209510
Buscar contacto de este despacho en el Directorio del Poder Judicial →
💰 Capital necesario
RemateFechaBaseDepósito (50%)
1er remate22 de setiembre de 2026, 9:00 a. m.₡9.921.400,00₡4.960.700,00
2do remate30 de setiembre de 2026, 9:00 a. m.₡7.441.050,00₡3.720.525,00
3er remate8 de octubre de 2026, 9:00 a. m.₡2.480.350,00₡1.240.175,00
✅ Checklist antes de pujar
  1. Verificar el expediente 26-008203-1044-CJ en el JUZGADO PRIMERO ESPECIALIZADO DE COBRO DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ antes de pujar.
  2. Confirmar gravámenes y anotaciones vigentes en el Registro Nacional (rnpdigital.com).
  3. Preparar el depósito del 50% de la base (efectivo, cheque certificado o transferencia).
  4. Presentarse físicamente el día del remate ante el juzgado indicado.
⚖️ Análisis legal (automático) 🟡 Requiere atención
Demandado: JEFFERSON FABIAN NUÑEZ RAMIREZ
Tipo de proceso: Ejecución Prendaria

⚠️ Alertas

⚠️ El monto indicado para el tercer remate (DOS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA MIL TRESCIENTOS CINCUENTA COLONES) no corresponde al 25% de la base original de NUEVE MILLONES NOVECIENTOS VEINTIÚN MIL CUATROCIENTOS COLONES (debería ser 2,480,350 CRC)

💡 Oportunidades

Sin oportunidades destacadas por el análisis automático.

Este análisis es generado automáticamente mediante inteligencia artificial con fines informativos y no sustituye la asesoría ni revisión de un abogado profesional.

Aviso completo

En este Despacho, Con una base de NUEVE MILLONES NOVECIENTOS VEINTIÚN MIL CUATROCIENTOS COLONES EXACTOS, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: MJM364, Marca: KIA, Estilo: SORENTO TLX, Categoría: AUTOMOVIL, Capacidad: 7 personas, Tracción: 4X2, Color: PLATEADO y Año Fabricación: 2010. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del veintidós de setiembre de dos mil veintiséis. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del treinta de setiembre de dos mil veintiséis con la base de SIETE MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y UN MIL CINCUENTA COLONES EXACTOS (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del ocho de octubre de dos mil veintiséis con la base de DOS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA MIL TRESCIENTOS CINCUENTA COLONES EXACTOS (25% de la base original). NOTAS: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. La parte interesada debe revisar que la información incluida en el edicto se encuentre correcta a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en PROCESO EJECUCIÓN PRENDARIA de GRUPO MR SOCIEDAD ANÓNIMA contra JEFFERSON FABIAN NUÑEZ RAMIREZ EXP:26-008203-1044-CJ JUZGADO PRIMERO ESPECIALIZADO DE COBRO DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ. 25 de agosto del año 2026. Audrey Abarca Quiros, Juez/a Decisor/a. Referencia N°: 2026209510, publicación número: 1 de 2

💵 Depósito para pujar: 50% de la base (efectivo, cheque certificado o transferencia). Participación presencial en el juzgado.
🔎 Antes de pujar: confirmá gravámenes/anotaciones/ocupación en rnpdigital.com y que la notificación al deudor fue correcta — el Boletín Judicial no incluye ese historial.